Para ti Vida deudores sin garantía

Es una póliza diseñada para cubrir el saldo no pagado de la obligación financiera en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente del titular de ésta.

Características

Amparo: Muerte por cualquier causa e Incapacidad Total y Permanente igual o superior al 50% de la pérdida de la capacidad laboral, de los deudores de los créditos diferentes a aquellos asociados a garantía hipotecaria o leasing habitacional de las modalidades de crédito de MIBANCO S.A., otorgadas a personas naturales y personas jurídicas en cuyo caso, se asegura al representante legal o socio mayoritario.

Cobertura: Cubre el saldo insoluto de la obligación en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente igual o superior al 50% de pérdida de capacidad laborales de los titulares de éstas. 

Aseguradora: AXA Colpatria Seguros S.A.

Tomador y Beneficiario: MiBanco S.A. tiene la calidad de Tomador y de primer beneficiario a título oneroso, por el monto del saldo insoluto de la deuda y cualquier otra suma de dinero que se relacione con el crédito; el excedente, si los hubiere, se girará a los beneficiarios designados por el deudor o los de ley. 

Vigencia de la póliza: Desde el 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de enero de 2026. 

Vigencia Obligación:  Desde el desembolso del crédito y hasta el vencimiento de la última cuota.


 Procedimiento de reclamación:  Para los casos de fallecimiento, el solicitante debe radicar carta formal en cualquier oficina de Bancompartir, anexando los documentos que se relacionan a continuación:

  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del asegurado.
  • Fotocopia del Registro Civil de Defunción.

Para los casos de incapacidad total y permanente igual o superior al 50%, el solicitante debe radicar carta formal en cualquier oficina de Bancompartir, anexando los documentos que se relacionan a continuación:

  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del asegurado.
  • Historia clínica completa.
  • Dictamen de la estructuración de la Incapacidad Total y Permanente emitido por la Empresa Promotora de Salud, la Junta de Calificación de Invalidez o cualquiera Entidad o Régimen de Salud competente a la cual esté afiliado el deudor.

NOTA: Los documentos recibidos serán remitidos a la aseguradora, a quien le corresponde realizar el estudio de la reclamación de conformidad con las condiciones generales y particulares de la póliza.

IMPORTANTE: El cliente puede contratar la póliza con otra aseguradora, siempre que las condiciones del seguro sean iguales a aquellas plasmadas en la póliza de seguro tomada por MIBANCO S.A. y adjunten el respectivo recibo de pago de prima de la aseguradora. El Banco no podrá rechazar las pólizas que cumplan con tales condiciones, ni podrá establecer cargo alguno por la revisión o aceptación de dicha póliza. En caso de rechazo por no cumplir con los requisitos establecidos, el banco deberá informar las causales de rechazo por escrito al deudor dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibo de la póliza.

NOTA ACLARATORIA: Compañía Mundial de Seguros S.A. deja constancia en el presente documento que, para todos los efectos, las condiciones particulares prevalecerán sobre las condiciones generales de la presente póliza.

Requisitos para cancelar el producto

  • Acercarse a cualquiera de nuestras oficinas.
  • Dirigirse personalmente el titular del seguro con documento de identificación original.
  • Diligenciar el formato carta de solicitud de cancelación.